Obligatorio en España · 5 de octubre de 2026

¿Tu documento de control ya es digital?

No lo dejes para el final. Con Addingplus lo resuelves con garantía jurídica y sin cambiar tus sistemas.

Cumplimiento legal.  100% integrable.  Trazabilidad continua.

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Obligatorio en España · 5 de octubre de 2026

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¡Fácil y efectivo!

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Digitaliza tu documento de control sin complicaciones

Si tu empresa hace transporte de mercancías por carretera en España, el 5 de octubre de 2026 deberás tener el documento de control en formato digital. Es lo que establece la Ley de Movilidad Sostenible.

Al ser un documento administrativo, no requiere firma electrónica. Eso simplifica la digitalización.

Con el módulo de Digitalización de Documentación de Addingplus puedes resolverlo sin complicaciones.

¿Quieres hablar con un especialista?
  • Código QR para inspección
    Genera el documento con QR válido para control en carretera.

  • Integración con ERP, TMS o WMS
    API REST, importación por fichero o creación manual.

  • Envío al conductor
    El conductor recibe el QR por SMS, email o WhatsApp.

  • Custodia conforme a la ley
    Almacenamiento seguro durante 1 año. ISO/IEC 27001.

  • Control de cambios y trazabilidad
    Histórico de cambios y trazabilidad logística en tiempo real.

¿Solo el documento de control? Puedes ir un paso más allá

Muchas empresas no se están limitando a cumplir con el mínimo. Aprovechan la digitalización del documento de control de transporte para dar el paso con la carta de porte digital y el eCMR. Mismo entorno, misma integración, una sola inversión. ¡Fácil y efectivo!

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¿Por qué digitalizar con Addingplus?

Cumplimiento desde el primer día

La plataforma cumple con la Orden FOM/2861/2012, el ROTT y la normativa vigente. No llegas tarde: activas y cumples.

Sin cambiar tu forma de trabajar

Conecta la plataforma con tu ERP, TMS o WMS mediante API REST, importación por fichero o creación manual. Se adapta a ti, no al revés.

Preparado para cualquier inspección

El conductor recibe un código QR que las autoridades escanean para acceder al documento. Conforme a la Resolución de 22 de mayo de 2023 de la DGTCF.

Todo queda registrado

Consulta en tiempo real la última actualización. Histórico de cambios, sus estados y trazabilidad de cada operación y el transporte.

Custodia de datos

El documento de control se almacena durante 1 año conforme a la normativa vigente. Tus datos están protegidos bajo certificación ISO/IEC 27001.

Hoy el documento de control. Mañana, todo lo demás.

Detrás vienen la carta de porte digital, el eCMR y las plataformas eFTI. Con Addingplus ya estás preparado.

¿Tienes dudas sobre cómo adaptarte?

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Así de sencillo

1

Conecta tus datos

Desde tu ERP, TMS o WMS mediante API REST, importación de fichero o de forma manual.

2

Genera el documento

La plataforma crea el documento de control digital con todos los datos exigidos y le asigna un código QR.

3

El conductor lo lleva en el móvil

Recibe el QR por SMS, email o WhatsApp. Sin papeles.

4

Listo para inspección

El agente escanea el QR y accede al documento. Conforme a la normativa vigente.

Software de trazabilidad de entregas para incidencias en carretera
Software de trazabilidad de entregas para incidencias en carretera

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Conecta tus datos

Desde tu ERP, TMS o WMS mediante API REST, importación de fichero o de forma manual.

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La plataforma crea el documento de control digital con todos los datos exigidos y le asigna un código QR.

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El conductor lo lleva en el móvil

Recibe el QR por SMS, email o WhatsApp. Sin papeles.

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Listo para inspección

El agente escanea el QR y accede al documento. Conforme a la normativa vigente.

Y cuando estés listo, seguimos

El documento de control es el primer paso. Pero con el mismo entorno puedes digitalizar la carta de porte, el CRM y prepararte para las plataformas eFTI europeas. Sin empezar de cero.

eIDAS 2
eFTI ready
ISO 27001, 27017 y 27701

¿Podemos ayudarte? Solicita información:

FAQs Documento de Control Digital

El documento de control de transporte digital es la versión electrónica del documento de control de transporte, un documento administrativo obligatorio en el transporte de mercancías por carretera en España que recoge información como el cargador, el transportista, la mercancía o los puntos de origen y destino.

Este cambio viene con ventajas como la posibilidad de gestionar la documentación de forma electrónica, facilitar el acceso y consulta en tiempo real  a todos los actores implicados en la operación del transporte de mercancías, así como a las autoridades en caso de inspección.

De acuerdo con la Ley de Movilidad Sostenible, el documento de control digital será obligatorio a partir del 5 de octubre de 2026.

Este cambio impacta directamente en el modelo actual, regulado desde 2013 como documento de control administrativo del transporte de mercancías por carretera, y supone un avance hacia la digitalización de los procesos documentales dentro del sector.

Además, en aquellos casos que haya una carta de porte digital que incluya todos los datos exigidos por la normativa, esta podrá sustituir al documento de control electrónico, y así simplificar la gestión documental en determinadas operativas.

La Ley de Movilidad Sostenible establece que el documento de control del transporte de mercancías por carretera deberá ser digital en un plazo de diez meses desde su entrada en vigor, por tanto, a partir del 5 de octubre de 2026 será obligatorio, por lo que las empresas deben empezar a adaptar su operativa con antelación.

Sí, el documento control de transporte en versión digital tiene la misma validez legal que el documento de control de transporte pdf o en papel, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la normativa vigente.

El documento de control es un documento administrativo regulado por la Orden FOM/2861/2012, que con la entrada en vigor de la Ley de Movilidad Sostenible, se establece que pase a gestionarse en formato digital de forma obligatoria a partir del 5 de octubre de 2026. Es decir, el formato electrónico no solo es válido, sino que será el único admitido para cumplir con la normativa.

El documento de control de transporte no tiene carácter contractual ni requiere firma, lo que facilita su digitalización. No obstante, debe garantizar que la información sea accesible, íntegra y verificable en todo momento, especialmente ante una inspección en carretera.

No necesariamente, siempre que la carta de porte o el eCMR incluya todos los datos exigidos por la normativa para el documento de control digital.

Según la Orden FOM/2861/2012, cuando el transporte se documenta mediante una carta de porte u otro documento equivalente ajustado a la legislación vigente, este puede sustituir al documento de control administrativo de transporte, siempre que contenga la información requerida.

En la práctica, esto significa que muchas empresas optan por digitalizar directamente la carta de porte, ya que es un documento de transporte más completo y, además, tiene validez contractual entre cargador y transportista. De este modo, se evita gestionar dos documentos prácticamente iguales para una misma operación.

El documento de control de transporte no tiene un formato único estandarizado en cuanto a diseño, pero sí debe incluir una serie de datos obligatorios definidos por la Orden FOM/2861/2012 y sus revisiones, como la identificación del cargador, del transportista, la naturaleza de la mercancía, peso, el origen, el destino y la fecha del servicio.

Actualmente, este documento se utiliza principalmente en papel, con una estructura similar a la de la carta de porte, donde se recogen todos estos datos en campos organizados. En algunos casos también se gestiona el documento de control de transporte en PDF, aunque sigue siendo, en esencia, un documento estático.

Sin embargo, a partir del 5 de octubre de 2026 el documento deberá ser digital, alojado en una plataforma electrónica y deberá ser accesible en todo momento mediante la lectura de un un código QR, en caso de inspección.

El documento de control administrativo del transporte de mercancías por carretera debe incluir una serie de datos que permitan identificar correctamente la operación y a las partes implicadas.

  • Cargador contractural: nombre o denominación social, NIF y domicilio
  • Transportista efectivo: nombre o denominación social y NIF.
  • Origen y destino de la mercancía
  • Naturaleza y peso de la mercancía transportada
  • Identificación de la autorización especial de circulación
  • Fecha del transporte
  • Matrícula del vehículo (y semirremolque, si aplica)
  • Observaciones o incidencias relevantes

Están obligados a disponer del documento de control los agentes que intervienen en el transporte público de mercancías por carretera, como transportistas, cargadores y operadores, en función del tipo de servicio.

No obstante, existen casos en los que no es exigible. Por ejemplo, quedan excluidos los transportes que no requieren autorización administrativa, los servicios de mudanza, el transporte de vehículos accidentados o averiados y los servicios de paquetería o reparto de pequeños envíos.

La normativa no establece un único responsable de emitir el documento de control de transporte. Esto significa que puede generarlo cualquiera de las partes implicadas en el contrato de transporte, normalmente el cargador contractual, el operador logístico o el propio transportista. Sin embargo, el hecho de que cualquiera pueda emitirlo no significa que la responsabilidad recaiga sobre una sola parte (por el hecho de tener responsabilidad, le interesa tanto al transportisa como al cargador hacerlo).

El cargador contractual y el transportista efectivo son corresponsables en caso de no formalizar el documento de control de transporte de mercancías por carretera. Tendrán responsabilidad idéntica en el caso que el conductor no lo lleve a bordo del vehículo, salvo que el cargador contractual pruebe que el documento fue emitido, en cuyo caso, éste será eximido de responsabilidad. (aquí es un refuerzo claro para el cargador, si él controla la emisión, y guarda traza, se exime de responsabilidad).

Según la Orden TRM/282/2026, de 25 de marzo, el cargador contractual responderá de la inexactitud o falta de datos en el documento de control de transporte de mercancías por carretera previstos en los apartados a), b), c) y d) y h) y el transportista efectivo responderá de la inexactitud o falta de datos previstos en los apartados e), f) y g), así como aquellos otros que incluya en relación con el apartado h) del mismo precepto.

  • a) Nombre o denominación social, NIF y domicilio del cargador contractual.
  • b) Nombre o denominación social y NIF del transportista efectivo.
  • c) Lugar de origen y destino del envío objeto del transporte.
  • d) Naturaleza y peso de la mercancía transportada. Si resulta difícil indicar el peso exacto de la mercancía que se va a transportar, puede usarse otro tipo de magnitud.
  • e) Identificación de la autorización especial de circulación expedida por el órgano competente cuando sea necesario.
  • f) Fecha de realización del transporte.
  • g) Matrícula del vehículo utilizado en la realización del transporte (tractor y semirremolque o remolque).
    Si iniciada la operación de transporte se produjera un cambio de vehículo, esta circunstancia deberá hacerse constar en la documentación de control por la empresa de transportes.
  • h) Siempre que así lo soliciten los sujetos intervinientes se hará constar las observaciones, reservas, o cualquier otra indicación, que consideren útil.

Estas sanciones están reguladas dentro del marco de la legislación de transporte en España, especialmente en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y su normativa de desarrollo, y se aplican cuando no se puede justificar adecuadamente el servicio ante una inspección.

Estas sanciones pueden aplicarse, por ejemplo, cuando no se dispone del documento de control administrativo del transporte de mercancías por carretera, contiene errores o no puede presentarse correctamente durante una inspección. Además de las sanciones, cabe la posibilidad de

Con la entrada en vigor de la Ley de Movilidad Sostenible, estas obligaciones se mantienen, pero pasan al entorno digital. Esto implica que no disponer del documento en formato electrónico, no poder acceder a él en el momento de la inspección o no garantizar su integridad también podrá ser objeto de sanción.

Más allá de la sanción económica, uno de los principales riesgos es la inmovilización del vehículo hasta que se pueda justificar correctamente el transporte, lo que puede generar retrasos operativos y costes adicionales.

No. El documento de control de transporte es un documento de carácter administrativo, aplicable a operaciones realizadas en España, y por ello no requiere firma electrónica. Su función es identificar y acreditar los datos de la operación de transporte, no formalizar contractualmente el servicio.

En una inspección en carretera, el documento de control debe poder presentarse de forma inmediata. Hoy puede seguir llevándose el documento de control de transporte de mercancías por carretera en pdf o en papel, pero a partir del 5 de octubre del 2026 será obligatorio en formato digital, accesible desde un código QR, que es lo que leerá las fuerzas de seguridad del estado en caso de inspección.

Sí, la solución de documento de control electrónico de Addingplus permite trabajar sin conexión y sincronizar la información posteriormente, cuando haya cobertura, lo que facilita su uso en ruta.

Sí, los datos del documento de control administrativo del transporte de mercancías por carretera pueden modificarse durante el transporte si se producen cambios operativos, siempre que quede constancia de esas modificaciones.

En el transporte de mercancías es relativamente habitual que haya ajustes durante el trayecto, como un cambio de vehículo (tractora o remolque), una incidencia en la entrega o una actualización en la información del servicio. La normativa permite estas modificaciones, pero exige que el documento control transporte refleje en todo momento la situación real del transporte.

En un entorno digital, esto se gestiona de forma mucho más controlada. Cada cambio queda registrado con un histórico, indicando qué se ha modificado, cuándo y por quién. Esto permite garantizar la trazabilidad completa del documento de control de mercancías y demostrar, en caso de inspección, que la información ha sido actualizada correctamente y no alterada de forma indebida.

La normativa exige conservar un ejemplar o copia del documento de control durante al menos un año desde la realización del transporte. Esa conservación puede hacerse en papel o en formato digital, siempre que el documento siga siendo legible y esté disponible en caso de inspección.

No. Es importante que la solución utilizada garantice el cumplimiento de los requisitos legales y permita una gestión adecuada del documento.

La solución debe cumplir con las últimas revisiones de la Orden FOM/2861/2012 y el ROTT. Además, la URL usada para la lectura de los QR debe estar dada de alta y homologada por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible para que los documentos tengan validez en el control en tránsito.

El nuevo documento de control de transporte de mercancías por carretera no es tan solo un PDF. Tiene de especial que debe ser accesible desde un QR, cuya lectura redirija a una URL dada de alta y homologada por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible para que el documento de control de transporte pdf descargado tenga validez durante la inspección.

Sí. La plataforma se conecta con cualquier ERP, TMS o WMS mediante API REST, importación por fichero o creación manual de documentos.

Sí, la digitalización del documento de control de transporte reduce de forma significativa el tiempo administrativo.

En el modelo en papel, gran parte del tiempo se dedica a tareas manuales como rellenar, imprimir, entregar y archivar documentos, además de corregir errores o gestionar duplicidades.

Con un entorno digital, estos procesos se automatizan: los datos se generan desde los sistemas de gestión, el documento se crea automáticamente y queda disponible en tiempo real para todos los implicados.

Esto elimina tareas manuales, reduce errores y facilita el acceso a la información, agilizando tanto la operativa diaria como la gestión posterior.

Sí, el documento de control electrónico ayuda a reducir costes, tanto directos como operativos.

Elimina gastos de papel, impresión y archivo, pero el mayor ahorro está en la eficiencia: menos tareas manuales, menos errores y menos duplicidades.

Además, reduce incidencias y riesgos de sanción al asegurar que la documentación esté completa y disponible en todo momento, optimizando la gestión del transporte.

Depende de la operativa de cada empresa, pero en un proceso tradicional en papel suelen intervenir varias personas hasta que el documento está listo y disponible.

Habitualmente participan:

  • El cargador o expedidor, que aporta los datos del envío
  • El personal administrativo o de tráfico, que genera el documento
  • El transportista, que valida la información
  • El conductor, que lo recibe y lo lleva durante el transporte

En algunos casos también intervienen otros perfiles, como operadores logísticos o personal de almacén.

En total, es habitual que entre 3 y 5 personas participen directa o indirectamente en la creación y gestión del documento de control de transporte. Con la digitalización, este proceso se simplifica, ya que gran parte de la información se genera automáticamente y se comparte en tiempo real, reduciendo la intervención manual.

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